La administración de Estados Unidos anunció este viernes una flexibilización en los mecanismos de transferencia de recursos destinados a la atención de la emergencia sísmica en Venezuela. La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), perteneciente al Departamento del Tesoro, determinó que los fondos de socorro derivados de los dos terremotos registrados el pasado 24 de junio podrán transferirse directamente al Gobierno venezolano, evitando así los canales financieros restringidos que operan habitualmente.
Esta medida surge de una actualización en la sección de preguntas frecuentes del portal oficial de la institución, donde se despejaron dudas sobre la obligatoriedad de utilizar la Cuenta de Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros (FGDF).
La OFAC aclaró que la Licencia General 60 (LG 60) permite realizar estas operaciones bajo el marco del Reglamento de Sanciones contra Venezuela, facilitando la gestión operativa de la ayuda humanitaria.
El organismo detalló el alcance de esta autorización financiera. «Esto incluye el pago de impuestos, peajes y tasas al Gobierno de Venezuela vinculados a dichas labores de socorro. Los pagos relacionados con el socorro tras el terremoto autorizados por la LG 60 no tienen que efectuarse en la FGDF», acotó la oficina gubernamental.
Alcance condicionado y temporal de la medida
Es fundamental señalar que este desbloqueo para la ayuda humanitaria posee un carácter estrictamente limitado y condicionado. La normativa especifica que el alivio financiero es temporal, manteniendo su vigencia únicamente hasta la medianoche del próximo 23 de octubre.
Asimismo, la regla faculta el procesamiento de fondos de terceros países siempre que estos apoyen directamente las transacciones autorizadas por la licencia. Las instituciones financieras y transmisores de dinero registrados en EEUU tienen la potestad de procesar estas transferencias basándose en la información proporcionada por el emisor.
No obstante, esto ocurre «siempre que la institución financiera no sepa ni tenga motivos para saber que la transacción incumple con el párrafo (a) de esta licencia general».
Limitaciones legales y sanciones vigentes
La flexibilización no implica una apertura indiscriminada del sistema financiero. La propia resolución advierte que la medida no autoriza el «desbloqueo de cualquier activo bloqueado en virtud de las sanciones que pesan sobre el gobierno de Venezuela; ni cualquier otra transacción o actividad prohibida por cualquier otro decreto ejecutivo o que sea parte del capítulo V del título 31 del Código de Regulaciones Federales (CFR) a la que no se haga referencia en esta licencia general».
De igual forma, la OFAC subrayó que los actores involucrados siguen sujetos al marco legal estadounidense. «Nada de lo dispuesto en esta licencia general exime a ninguna persona -se entiende que jurídica- del cumplimiento de cualquier otra ley federal o de los requisitos de otras agencias federales de los Estados Unidos», puntualizó el documento oficial.
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