La plenaria de la Asamblea Nacional (AN) difirió nuevamente el proyecto de Reforma de la Ley de las Comunas, el cual tiene entre sus objetivos consolidar y profundizar el ejercicio del poder comunal, entre otros.
Durante el debate, la plenaria aprobó 25 modificaciones, incorporaciones y supresión de algunos epígrafes, acápites y artículos del instrumento legal, contemplados en el informe presentado por la Comisión Permanente de Desarrollo de las Comunas para su discusión artículo por artículo.
Sin embargo, luego de varias observaciones que le hiciera el presidente de la AN, Jorge Rodríguez, al referido proyecto de reforma, la Comisión Permanente para el Desarrollo de las Comunas, encabezada por la diputada, Blanca Eekhout, planteó ante la plenaria la suspensión del debate, lo cual fue aprobado por el legislativo.
Entre los artículos aprobados en la jornada, de este jueves, está el número 38 relacionado a la conformación y funciones de la Comisión de la Suprema Felicidad Social que “es la instancia de gobierno de la Comuna encargada de la dirección, coordinación, ejecución, control y seguimiento en materia de desarrollo social”.
No obstante, la discusión sobre el proyecto de reforma logro avanzar hasta el artículo 43, el cual está referido a las funciones de la Comisión de Seguridad y Paz, y gestión de riesgo, en los consejos comunales.
La Ley Orgánica de las Comunas “tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular, estableciendo las normas que regulan la constitución, conformación, organización y funcionamiento del poder comunal.
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