El Tribunal Constitucional de Perú anuló el juicio contra el expresidente Ollanta Humala, quien cumplía una condena de quince años de prisión por lavado de activos, y ordenó su liberación inmediata.
Esta decisión aplica el mismo criterio jurídico utilizado hace nueve meses para archivar la investigación contra Keiko Fujimori, procesada por el mismo delito durante sus respectivas campañas electorales de dos mil once y dos mil dieciséis.
La resolución del máximo tribunal fundamenta la anulación en el principio de legalidad penal, que establece que ninguna persona recibe castigos por actos que no constituían delito en el momento de su ejecución.
Los magistrados determinaron que la recepción de fondos ilícitos para financiar campañas políticas no tipificaba como delito en la legislación peruana antes del año dos mil dieciséis.
El impacto de la sentencia y el origen del proceso
La Corte Superior Nacional condenó originalmente a Humala y a su esposa, Nadine Heredia, el quince de abril de dos mil veinticinco, atribuyéndoles la recepción de tres millones de dólares en aportes ilegales procedentes de la constructora brasileña Odebrecht para las campañas de dos mil seis y dos mil once.
Mientras el exmandatario ingresó a prisión en esa misma fecha, Heredia optó por el asilo político en Brasil junto a su hijo menor.
Con este nuevo fallo, el Tribunal Constitucional prioriza la aplicación estricta de la ley penal vigente en la época de los hechos imputados, lo que invalida las condenas previas basadas en figuras legales posteriores.
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