En un edificio residencial de Los Jardines del Valle, ubicado en el municipio Libertador de Caracas, las alarmas se encendieron porque en el apartamento en el que habitan una mujer de 75 años y su hijo había seis cachorros de perro que mostraban signos de desnutrición y abandono.
Armando Figueroa, inspector jefe del Cuerpo de la Policía Nacional Bolivariana (Cpnb) y coordinador de la Oficina de Atención Comunitaria de la parroquia El Valle, narró a Últimas Noticias los hechos que se presentaron como un caso que generó preocupación no solo en la comunidad, sino también entre los funcionarios del Cpnb que, a petición de los denunciantes, visitaron la vivienda.
El oficial a cargo de la mediación relató que un grupo de vecinos llegaron a la sala de resolución de conflictos de la parroquia caraqueña, contando que en el inmueble la ciudadana adulta mayor vive con su hijo, quien es instructor de un gimnasio y que enfrenta una lesión en la pierna, la cual le impide atender a sus seis mascotas.
Las personas expusieron que los animales han vivido durante más de dos años dentro del apartamento. Sin embargo, para los ciudadanos, el problema no son los perritos. La crisis entre los residentes del edificio comenzó cuando empezaron a notar que el descuido se evidenciaba a través de malos olores que salían al pasillo.
Los denunciantes alegaron que habían mostrado su preocupación a la septuagenaria y su hijo; no obstante, ambos contestaron que no podían hacerse cargo de la higiene del apartamento, debido a las condiciones físicas en las que se hallaban los dos.
En vista de que se estaban vulnerando los derechos de la comunidad, así como el de los animales a tener los cuidados que constan en las legislaciones nacionales como un derecho, un equipo de inspección, junto a miembros de la junta de condominio, accedió al apartamento.
Allí se constató el estado de abandono y desnutrición de los animales. La falta de higiene era evidente; los perros no habían recibido baño ni corte de uñas. El olor a orina y heces era tan fuerte que afectaba a las familias del piso 10 al 14, impactando a más de 20 hogares. Ante ese contexto, el funcionario del Cpnb convocó a los responsables de los perros para un acto conciliatorio.
Mediación
El día y hora fijados en la boleta de citación, acudieron a la Oficina de Atención Comunitaria de El Valle, tanto un representante de la junta de condominio como el demandado. Tras una breve charla, Figueroa les dio la palabra con el fin de conocer las dos versiones del caso.
El denunciante reiteró que la mayoría de los vecinos estaban angustiados, principalmente, por el estado de salud de los cachorros. Entretanto, el querellado contó que las razones del abandono eran su falta de movilidad. Aunque buscaba darles alimentos, no podía bañarlos y a veces se le complicaba el asunto de la limpieza de la vivienda.
Era evidente que, a pesar del cariño que le tenían a los seis canes, no podían hacerse responsables de ellos. La propietaria se comprometió a reubicar a los perros con familiares. Sin embargo, ese acuerdo no se cumplió.
Figueroa señaló que una semana después, los vecinos regresaron con la queja al Servicio de Policía Comunal, diciendo que la señora no acató lo acordado. Los funcionarios policiales visitaron una segunda vez a la anciana y a su hijo.
En ese momento, los perros realizaron sus necesidades en el interior del apartamento, lo que evidenció la gravedad del descuido. Se les advirtió que los animales no podían continuar viviendo en esas condiciones, que debían hacerle una limpieza general al inmueble y evitar la incomodidad del resto de los habitantes del edificio.
La ciudadana, amparándose en su edad, manifestó que no retiraría a los perros y que otros debían aprender a convivir con la situación. A pesar de las explicaciones sobre el impacto en las familias y el bienestar de los animales, se mantuvo firme en su decisión.
Compromiso
La junta de condominio ofreció su apoyo, proponiendo ayuda para limpiar el lugar y mejorar las condiciones de vida de la adulta mayor y su hijo. También, acordaron solicitar apoyo a la Misión Nevado para que propicie el diálogo y permita a los implicados entender el daño que le hacen a los perritos.
El caso continúa abierto, mientras las autoridades evalúan las acciones a seguir para garantizar el bienestar de los animales y el derecho a una convivencia digna para los vecinos afectados.
Normativas
La situación se abordó haciendo valer lo dispuesto en la Ley de Propiedad Horizontal que establece derechos para los animales, incluyendo el acceso a una vida digna, buena alimentación y recreación.
Igualmente, lo establecido en la Ordenanza de Convivencia Ciudadana para el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del Municipio Libertador de Caracas, que, en su artículo 13, define como un deber vecinal para la convivencia la atención e higiene de las mascotas.
La legislación en detalle
- Deberes en las relaciones vecinales. En el artículo 15 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana para el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del Municipio Libertador de Caracas se llama a cumplir con las normativas de convivencia social estipuladas en la legislación nacional y en la presente Ordenanza, así como con las normativas generadas por su comunidad.
- Negar alimentación. En el artículo 30 de la Ordenanza se advierte que es un acto contrario a la convivencia no brindar atención sanitaria y alimentación adecuada a los animales, por parte de las personas propietarias, cuidadoras o tenedoras de los mismos.
- Desaseo. En el numeral cuatro del artículo 30 sobre actos contrarios, se considera infracción dejar o no recoger los excrementos producidos por los animales en espacios públicos o áreas privadas de uso común.
- Cuidado y vigilancia.
En el artículo 13, los ciudadanos deben cuidar y vigilar a los animales domésticos que se mantengan bajo su guarda, con especial énfasis en aquellos que por sus características puedan representar algún tipo de riesgo para la colectividad. - Cuidado de espacios comunes. La ordenanza exhorta a conservar
bienes e instalaciones privadas
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