OFAC flexibiliza sanciones contra Venezuela en materia de hidrocarburos, energía y minería


Este miércoles 10 de junio, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos publicó en su página web la actualización de seis licencias generales que rigen la relación económica con Venezuela. Las licencias 46C, 47A, 48B, 50B, 51B y 52A sustituyen las versiones vigentes desde principios de año, consolidando un marco que regula la apertura económica.

Estas medidas amplían el espacio operativo para empresas estadounidenses y de terceros países en sectores estratégicos, pero establecen condiciones estrictas de gobernanza, fiscalización y control financiero que blindan la supervisión estadounidense sobre los recursos y ganancias venezolanas.

Hidrocarburos y energía: limitación al modelo de empresa mixta

La normativa marca una transición fundamental en el sector de hidrocarburos y electricidad mediante la licencia 48B. Esta disposición prohíbe explícitamente la formación de nuevas empresas conjuntas o mixtas en territorio venezolano, protegiendo únicamente a las que ya operan.

Con esta restricción, los nuevos inversionistas deberán adoptar la figura de la empresa cien por ciento privada, una modalidad habilitada por las recientes reformas legales en el ordenamiento venezolano. Esta estrategia se aparta del modelo de inversión desde el control estatal hacia la propiedad privada, condicionando la entrada de capital fresco a este nuevo esquema societario.

La licencia 51B delimita con precisión el alcance del sector minero. El Tesoro estadounidense autoriza a entidades estadounidenses a exportar, comprar, procesar y refinar minerales de origen venezolano, incluido el oro, operando a través de Minerven.

Sin embargo, prohíbe estrictamente las actividades de exploración, desarrollo, minería y extracción en territorio nacional. De esta manera, el mercado estadounidense se abre al comercio del mineral ya extraído, mientras mantiene el veto sobre la inversión directa en la actividad extractiva en el subsuelo venezolano.

Las licencias incorporan exigencias uniformes para la resolución de disputas y la gestión financiera. Cualquier contrato con entidades como PDVSA o Minerven debe interpretarse bajo leyes estadounidenses, y las disputas deben dirimirse en foros considerados neutrales por los inversionistas, como Estados Unidos, el Reino Unido, Francia o Singapur.

En el plano financiero, la mayoría de los pagos monetarios dirigidos al Estado venezolano deben depositarse en cuentas controladas por el Departamento del Tesoro, los Foreign Government Deposit Funds. Este mecanismo garantiza que la renta extractiva circule por un sistema supervisado antes de llegar a las arcas nacionales, excluyendo pagos en oro, swaps de deuda o criptoactivos.

Alcance internacional y limitaciones estratégicas

Para los inversionistas globales, la FAQ 1259 reduce la incertidumbre al confirmar que, por regla general, las personas no estadounidenses no enfrentan riesgos sancionatorios al realizar las actividades autorizadas a las entidades estadounidenses.

Esta aclaración despeja temores sobre sanciones secundarias, facilitando la participación de empresas europeas, asiáticas y latinoamericanas. No obstante, se mantienen vetos estrictos: ninguna licencia permite operaciones que involucren a personas o entidades de Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o, en los sectores de hidrocarburos, electricidad y minería, a empresas controladas o vinculadas a intereses de la República Popular China.


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