La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia dejó incólume la condena de 30 años de prisión impuesta tras un juicio a Luis Enrique Fernández Fernández, acusado de violar de manera continuada a su hijastra adolescente.
Tal decisión está reflejada en la sentencia 583 redactada por la magistrada Carmen Marisela Castro y convalidada por sus colegas de la Sala Penal, Elsa Gómez y Maikel Moreno.
Los hechos ocurrieron en la vivienda donde convivían la víctima, la madre de esta y el victimario, ubicada en la población de Santa Cruz de Mara, calle Principal, parroquia San Rafael, municipio Mara, estado Zulia.
Esos hechos quedaron expuestos por primera vez mediante una declaración que rindió la víctima, de 13 años de edad, el 11 de marzo de 2020 ante el Tribunal Cuarto de Control, Audiencias y Medidas del Zulia. En esa instancia la adolescente relató que fue víctima de un abuso sexual por parte de Luis Fernández “y que eso sucedía cuando su mamá estaba trabajando, ya que ella es profesora de Matemáticas y es cuando él aprovechaba para abusar de ella de manera reiterada en la vivienda que compartía con su progenitora’’.
A raíz de esa declaración, el sujeto fue detenido y entregado al Ministerio Público cuyos representantes lo presentaron ante el Tribunal 4° de Control, Audiencias y Medidas en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Zulia donde procedieron a imputarlo por abuso sexual a adolescentes agravado y continuado y resistencia a la autoridad.
Posteriormente, específicamente el 17 de marzo de 2020, el Ministerio Público solicitó abrirle un juicio a Fernández, planteamiento que fue acordado el 2 de diciembre de 2020 por el Juzgado 4° de Control, Audiencias y Medidas en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
Ese juicio transcurrió entre el 21 de marzo de 2023 y 29 de abril de 2024, fecha en la cual el Tribunal 11° de Juicio en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer declaró culpable a Fernández y le dictó la condena de 30 años de prisión.
Tal condena fue corroborada el 26 de agosto de 2024 por la Corte de Apelaciones de la Sección Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Zulia. En virtud de ello, el defensor público Jhean Carlos González, asignado a Fernández, consignó un recurso de casación donde planteó una serie de denuncias que le condujeron a la solicitud de la anulación de la condena y celebración de un nuevo juicio.
Pero al ser analizadas dichas quejas, los magistrados detectaron que el abogado defensor del condenado no efectuó “la proposición de una denuncia conforme a los requisitos establecidos en la norma adjetiva penal, en la que se delate un vicio o violación que requiera de ser examinado por esta Sala, solo se evidencia una serie de precisiones referidas a lo que fue el transcurso del debate, lo cual no le corresponde a esta Sala dilucidar”.
En este contexto, los magistrados recordaron que “la Sala de Casación Penal no puede inferir o interpretar las pretensiones de los accionantes, pues son ellos quienes deben fundamentar de manera precisa y clara los requerimientos que esperan sean resueltos”.
Afincada en esos criterios, la Sala Penal declaró desestimado el recurso de casación y dejó incólume la condena de 30 años de prisión impuesta a Luis Enrique Fernández hallado culpable de haber abusado sexualmente de su hijastra.
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